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Plataforma elevadora telescópica ISOLI (KLUBB) VT 60 NE instalada sobre RENAULT MAXITY con una MMA de 3,5 Tn. Capaz de llegar a una altura máx. de trabajo de 20 m, y con un alcance lateral máx de 8,5 mts (máx. 80 kg), tiene una capacidad de carga de 225 kgs (2 operadores más material). El diagrama de carga y alcance varía según la extensión de los estabilizadores y de la carga en la cesta. La rotación de la sobre estructura es continua; esta característica aumenta la productividad de la plataforma evitando el tiempo para el reposicionamiento. La rotación de la cesta en este caso defibra de 1,2 x 0,75 x 1,15 m. es de 90 + 90º.
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CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO DE ALQUILER DE MAQUINARIA EN ASTURIAS
1.-OBJETO
El objeto del presente contrato es el arrendamiento de los bienes que se describen en el anverso del presente documento.
2.-PROPIEDAD
A) La firma de este contrato no atribuye al Arrendatario ningún derecho de propiedad sobre el bien arrendado, que pertenece únicamente al arrendador.
B) En los supuestos de quiebra, concurso de acreedores, suspensión de pagos, secuestro embargo o cualquier otro acto que provenga de autoridades, órganos judiciales o administrativos, e incluso de particulares, que perturben el dominio o posesión del bien arrendado, el arrendatario manifestará su condición de simple usuario por conducto fehaciente, dentro de las 24 horas siguientes de haberse producido y realizará a su costa las actuaciones necesarias para levantar las cargas producidas sin perjuicio de que el arrendador utilice los medios necesarios que correspondan.
C) El arrendatario se obliga a notificar al arrendador con la máxima urgencia y diligencia cualquier acto de perturbación sobre el bien arrendado realizado por un tercero.
D) El arrendador, dada su condición de propietario del bien arrendado, ostenta el derecho de recuperar la posesión del mismo a la finalización normal o anticipada del contrato, sea cual fuere su causa. El arrendatario faculta expresamente al arrendador, para penetrar en el local en que se encuentre el bien arrendado y realizar cualquier operación de retirada del mismo en la forma que estime más conveniente a su derecho.
E) El arrendatario por no ostentar la propiedad del bien arrendado, no podrá venderlo, enajenarlo, hipotecarlo ni darlo en prenda, con o sin desplazamiento posesorio. Así mismo el arrendatario no podrá, sin previa autorización escrita por el arrendador ceder temporalmente, subarrendar el bien arrendado o subrogar a persona física o jurídica en los derechos o obligaciones que le corresponden.
3.- ESTADO EN QUE SE ENTREGAN LOS BIENES
El arrendatario reconoce explícitamente recibir los bienes objeto de este contrato en perfectas condiciones de seguridad y uso, de acuerdo con la legislación vigente. Asimismo, reconoce haber recibido un ejemplar en castellano con las correspondientes instrucciones para su utilización.
4.- PERSONALIDAD DEL ARRENDATARIO
Se considera a la persona que recibe los bienes y firma este contrato con personalidad jurídica o autorización suficiente para realizar este acto. De no ser así, y en caso de litigio, la empresa destinataria responderá personal y solidariamente tanto del valor de los mismos como de su estado de conservación.
5,-USO DE LOS BIENES
A) El arrendatario se compromete a velar por las correctas condiciones de utilización y mantenimiento de los bienes objeto de este contrato, garantizando su utilización exclusivamente por personal responsable y cualificado para ello. Cuidará además que esté debidamente almacenada o custodiada cuando quede fuera de servicio, de manera que no pueda constituir daño para terceros
B) Los gastos de desplazamiento, repuestos y mano de obra derivados de averías producidas en los bienes objeto de este contrato por mal uso o negligencia del arrendatario, serán por cuenta del mismo, sin perjuicio del derecho del arrendador a dar por terminado anticipadamente el contrato y retirar el bien.
C) El arrendatario deberá notificar inmediatamente, cualquier accidente, avería o anomalía que sufran los bienes arrendados, siendo responsable de todos los perjuicios que pudieran derivarse del retraso o falta de notificación.
D) El arrendatario no podrá, salvo labores de mantenimiento, reparar la maquinaria sin el consentimiento expreso del arrendador.
6.-ENTREGA E INSTALACIÓN
A) El material se entregará en el lugar indicado por el arrendatario, lugar que deberá reunir las características exigidas por la clase de material arrendado, en orden a su perfecto funcionamiento.
B) El arrendatario no podrá modificar el lugar de emplazamiento de los bienes, sin el consentimiento expreso del arrendador.
7.- VIGENCIA DEL CONTRATO
A) El contrato entrará en vigor a la recepción por el arrendatario de los bienes objeto del mismo.
B) El contrato finalizará a la recepción por el arrendador de los bienes objeto del mismo
8.-RESPONSABILIDAD DEL ARRENDATARIO, SEGURO
A) Durante la vigencia del contrato al arrendatario es responsable de la pérdida o los daños que pueda sufrir el bien por culpa de cualquier causa, así como de cualquier reclamación que reciba el arrendador por el uso y empleo del bien.
B) El bien esta cubierto por un seguro que cubre la responsabilidad civil que pudiera incumbir a ALQUIVALDES S.L. por los daños materiales o personales, así como por las perdidas económicas consecuencia directa de los mismos, causados involuntariamente a terceros por el bien propiedad de ALQUIVALDES S.L. en régimen de alquiler o pruebas fuera de ALQUIVALDES S.L.
C) El arrendatario será responsable del resto de los daños causados sobre el bien, así como la responsabilidad civil frente a terceros o al personal a su servicio, por accidentes producidos por cualquier otra causa que no sea fallo del bien, tales como imprudencia, mala fe, negligencia, falta de cualificación del operador, etc. , eximiendo al arrendador de cualquier responsabilidad al respecto.
9.-PRECIO
A) Los precios que se indican corresponden al alquiler por día y un uso de ocho horas, siendo éste el importe mínimo a facturar en el caso de no reflejarse en el contrato los días mínimos de alquiler que corresponde a cada bien. El exceso de horas que sobrepase las ocho horas diarias se cargará al precio que proporcionalmente le corresponda en función del precio día.
B) El precio incluye el servicio de asistencia técnica en obra para el mantenimiento y reparación por el desgaste normal de los bienes.
C) El valor de los bienes, piezas o partes no devueltas serán facturadas al arrendatario según la tarifa vigente.
En el caso de tratarse de un arrendamiento por precio mes, no están incluidos los sábados, domingos y festivos, por los que, en el caso de hacer uso de los bienes en estos días, el cómputo de alquiler se hará por días.
D) Los gastos de mantenimiento, combustible, entrega, recogida, carga y descarga fuera de las instalaciones del arrendador serán por cuenta del arrendatario.
10.-FIANZA
La fianza reflejada en el anverso queda depositada en garantía de cumplimiento de las obligaciones contraídas por el arrendatario siendo devuelta una vez recibidos los bienes, verificando su estado y pagado el importe de arrendamiento.
11.- FACTURACIÓN
Las facturas se emitirán el último día de cada mes, o a la finalización del contrato en el caso de producirse antes.
12.- PAGO
El pago se efectuará del modo convenido por las partes, reflejado en la correspondiente factura o albarán, en las fechas convenidas.
13.- CANCELACIÓN ANTICIPADA
El arrendador podrá declarar resuelto anticipadamente el presente contrato, en cualquiera de los siguientes casos:
A) Cuando el arrendatario haya incumplido cualquiera de las obligaciones asumidas en el presente contrato.
B) Cuando se hubiere producido disparidad o falseamiento en los datos y documentos aportados por el arrendatario que hayan servido de base al arrendador para la celebración del presente contrato.
C) Cuando el arrendatario se encuentre en situación se suspensión de pagos, quiebra, concurso de acreedores o cualquier otra situación jurídica de efectos similares a los anteriores.
D) Cuando al vencimiento de cualquiera de las rentas u otra cantidad pecuniaria contenida en este contrato no hubieran sido satisfechas por el arrendatario.
14.- CONSECUENCIAS DE LA CANCELACIÓN ANTICIPADA
A) Exigir el pago inmediato de todas las rentas pendientes, el importe impagado de las vencidas y los gastos de devolución que se hubiesen producido más los intereses de demora a razón de un 2% mensual.
B) Resolver el contrato, lo que dará origen a la inmediata devolución del material, para cuya retirada el arrendador queda autorizado desde este momento.
15.- RESTITUCIÓN DE LOS BIENES ARRENDADOS
A) Tanto al término del contrato como en los supuestos de rescisión pactada o por incumplimiento de las obligaciones del arrendatario, deberá éste devolver el material al arrendador en el mismo estado de uso que lo recibió, sin más desgaste que el causado por el uso normal.
B) Si el arrendador no recibiera los bienes objeto de este contrato “de conformidad”, por apreciar en ellos un deterioro superior al normal, habida cuenta del uso pactado, podrá solicitar la correspondiente indemnización compensatoria.
16.-JURISDICCIÓN, SUMISIÓN EXPRESA
Para la resolución de cualquier cuestión o litigio derivado del presente contrato, los contratantes se someten a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Luarca, con expresa renuncia a sus respectivos fueros y domicilios si fueren otros.